La UE ha aprobado el carné por puntos que será obligatorio a partir del 1 de enero de 2008.
El usuario partirá de 12 puntos si su antigüedad es superior a los tres años y de 8 en caso contrario.
Por cada infracción se le restarán los puntos según la gravedad de la falta y podrá ser sancionado económicamente al usuario en caso de que así lo disponga la ley.
Cuando el usuario disponga de 4 puntos o menos, será avisado inmediatamente de que actualmente pasará a ser un usuario en recuperación.
Cuando no queden puntos, el usuario pasará a estar expulsado y deberá reintegrarse mediante los centros de rehabilitación homologados por la UE.
Si en 3 años un usuario no comete ninguna sanción se le concederán 2 puntos si su saldo es inferior a 12 puntos y 1 puntos en caso contrario.
Se podrán realizar cursos de reciclaje para 'recuperar' puntos (hasta un máximo de 3) en los centros homologados para ello.